El 50% indiviso de un inmueble sito en el Municipio Urbano de Villa Gesell, Provincia de Buenos Aires

Fecha: 
Viernes, 29 Septiembre, 2017
Nombre del Martillero: 
Alicia Silvia Stajcer de Meier
Expediente: 
Byk de Marcili, Ana y Byk de Marcili Cía. s/ Quiebra s/Incidente Realización de Bienes (Villa Gesell)” (Exp. 65.121)
Bien Rematado: 
el 50% indiviso del inmueble sito en Avenida Costanera sin número, esquina Paseos 115 y 116 sin números, del Municipio Urbano de Villa Gesell, Provincia de Buenos Aires
Edicto: 
POR 5 DÍAS - El Juzg. Civ. y Com. de S. Isidro N° 3 Sec. Única comunica en autos Byk de Marcili, Ana y Byk de Marcili Cía. s/ Quiebra s/Incidente Realización de Bienes (Villa Gesell)” (Exp. 65.121) que la Martillera Alicia Silvia Stajcer de Meier rematará EL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2017, A LAS 11:30 HS. en A. Brown 160 de S. Isidro el 50% indiviso del inmueble sito en Avenida Costanera sin número, esquina Paseos 115 y 116 sin números, del Municipio Urbano de Villa Gesell, Provincia de Buenos Aires, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: VI - Sección: A - Manzana: 79 - Parcela: 3a - UF 53 - Polígono: 00-53 - Matrícula 2311/53. Base $ 45.000 al mejor postor. Seña 30%. Sellado de ley. Comisión 5% IVA a cargo del comprador, más el 10% de la comisión en concepto de aporte previsional. Según acta de constatación: se trata de una cochera la cual se encuentra totalmente desocupada. Se dispone en forma expresa la prohibición de adquirir el inmueble en remate “en comisión”. Se podrán efectuar las respectivas ofertas bajo sobre en el Juzgado con una anticipación de hasta dos días de la fecha de subasta, en la cual se dejará constancia de los datos personales del oferente, su domicilio real y con la pertinente suscripción, debiendo el Sr. Actuario entregar los sobres al martillero el día anterior a la Subasta bajo recibo. Los sobres que contienen las ofertas serán abiertos por el martillero en el momento de la apertura del acto de la subasta. La oferta que resulte más elevada, hará las veces de base del remate, siempre y cuando aquélla supere la base. El ofertante deberá encontrarse en el momento del acto con los fondos disponibles para que la oferta sea tenida como tal. El saldo del precio deberá ser abonado dentro del quinto día de aprobada la subasta depositándolo en el Bco. Provincia de Bs. As. a la orden del Juzgado y como perteneciente a estos autos. El comprador en subasta sólo resulta obligado a abonar los gravámenes apuntados desde la fecha de la posesión, debiendo los devengados con anterioridad, comprendidos en el período que va desde la data de la sentencia de quiebra, hasta la de la fecha de posesión aludida, ser solventados por la quiebra conforme lo prevé expresamente el arto 240 de la ley de la materia y con la limitación de los privilegios allí establecida. Los asistentes deberán exhibir como condición para ingresar al salón de remate y para participar en la subasta el 30% de la base fijada. El comprador constituirá domicilio procesal en el radio de asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le darán por notificadas automáticamente conforme 133 del C.P.C.C. Visitar 22, 25, 26, 27 y 28 de septiembre de 2017 de 15:00 a 18:00 hs. San Isidro, 5 de septiembre de 2017. Juan Martín Mendiguren, Secretario. C.C. 10.689 / sep. 14 v. sep. 20

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