Fianza 2019-2020
Durante todo el mes de septiembre los colegiados deberán constituir fianza, conforme lo establece el art. 3 inc d) de la Ley 20.266, por el período comprendido entre el 30/9/2019 y el 30/9/2020, bajo apercibimiento SUSPENSION DE LA MATRICULA.
Fondo Colectivo del Colegio
Los colegiados podrán cubrir esta obligación con su adhesión al FONDO COLECTIVO del colegio.
Monto de la Garantía: El equivalente a 12 cuotas anuales colegiales ($ 102.000)
Plazo: 1 año (30/9/2019 al 30/9/2020)
Alcance jurídico: Conforme establece el art. 6 de la Ley 20.266
El H. Consejo Directivo ha decidido mantener por tercer año consecutivo el valor de la misma, fijado los montos en:
- $ 950 para profesionales con más de 10 años de matriculación.
- $ 1.150 para profesionales de hasta 10 años de matriculación.
El pago podrá realizarse en la sede del Colegio de Martilleros de San Isidro ubicada en Rivadavia 573, San Isidro, de lunes a viernes de 8:00 a 13:30 hs.
Aquellos colegiados que posean saldo en concepto de sellado de contratos realizados en el año 2018, les será imputado al pago del fondo colectivo debiendo abonar solo la diferencia.
Le recordamos que la Adhesión al Fondo Colectivo de Fianza es un trámite personal para el colegiado, quien deberá firmar el formulario delante del personal de CMCPSI.
CMCPSI en Pilar
Les informamos a los colegiados de Pilar y zonas aledañas que el próximo jueves 26 de septiembre CMCPSI se acercará al Club Unión ubicado en Lorenzo López 588, planta alta, Pilar, donde podrán abonar y adherir al Fondo Colectivo de Fianza y entregar el formulario obligatorio de Actualización de Datos que se enviará por correo. El horario de atención será de 10:00 a 14:30 hs.
Seguros de Caución (solo de compañías autorizadas)
La Fianza también podrá ser constituida mediante Seguro de Caución a la orden del COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PÚBLICOS DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE SAN ISIDRO, con domicilio en Rivadavia 573, de San Isidro.
Monto de la Garantía: El equivalente a 12 cuotas anuales colegiales ($ 102.000)
Plazo: 1 año (30/9/2019 al 30/9/2020)
Alcance jurídico: Conforme establece el art. 6 de la Ley 20.266
El Colegio cumpliendo con su obligación de velar y resguardar el interés social que ha tenido el legislador, se reserva el derecho de aceptar o no las pólizas.
Por resolución del Honorable Consejo Directivo de fecha 20 de agosto de 2019, se aceptarán sólo pólizas de las primeras compañías aseguradoras de caución en el ranking de solvencia de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
- Pacífico Seguros
- Berkley International
- Cosena
- Surco
- Afianzadora Lat.
- Sancor
- Gestión
- Fianza y Crédito
- Federación Patronal
- Provincia Seguros
- Nación Seguros