Fianza 2020-2021

Vence el 30/9

Durante todo el mes de septiembre los colegiados deberán constituir fianza, conforme lo establece el art. 3 inc d) de la Ley 20.266, por el período comprendido entre el 30/9/2020 y el 30/9/2021.

La fianza podrá constituirse por medio de adhesión al Fondo Colectivo del colegio o mediante póliza de Seguro de Caución.

 

Fondo Colectivo del Colegio

Los colegiados podrán cubrir esta obligación con su adhesión al FONDO COLECTIVO1 del colegio de forma online.

Monto de la Garantía: El equivalente a 12 cuotas anuales colegiales ($ 144.000)
Plazo: 1 año (30/9/2020 al 30/9/2021)
Alcance jurídico: Conforme establece el art. 6 de la Ley 20.266

Teniendo en cuenta la difícil situación económica que se encuentra atravesando el sector inmobiliario, el H. Consejo Directivo ha resuelta bajar el valor de la misma respecto a años anteriores.

Se ha fijado el valor en 1 pago de $800.

1° cuota en septiembre, 2° cuota en octubre y 3° cuota en noviembre. El incumplimiento de pago de algunas de las cuotas pactadas generará la suspensión de matrícula de manera inmediata.

 

Medios de Pago Habilitados

  • Depósito
  • Transferencia

 

¿Cómo adhiero al Fondo Colectivo de Fianza?

1) Ingrese al formulario de adhesión.

2) Complete sus datos personales.

3) Seleccione el monto a abonar.

4) Realice la transferencia por el monto correspondiente y adjunte el comprobante de pago en el formulario.
Banco Provincia - Sucursal 5096 (San Isidro)
CTA. CTE. EN PESOS: 12838/6
CBU 0140028101509601283869
CUIT 30544154709

5) Tome una fotografía de su firma sobre hoja blanca y adjúntela en el formulario.

6) Por último, acepte el reglamento del Fondo Colectivo al final del formulario.

 

 

 

Seguros de Caución

La Fianza también podrá ser constituida mediante Seguro de Caución a la orden del COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PÚBLICOS DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE SAN ISIDRO, con domicilio en Rivadavia 573, de San Isidro.

Monto de la Garantía: El equivalente a 12 cuotas anuales colegiales ($ 144.000)
Plazo: 1 año (30/9/2020 al 30/9/2021)
Alcance jurídico: Conforme establece el art. 6 de la Ley 20.266

Se aceptarán pólizas emitidas por compañías aseguradoras habilitadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

El Colegio cumpliendo con su obligación de velar y resguardar el interés social que ha tenido el legislador, se reserva el derecho de aceptar o no las pólizas.

 

DEBERÁ SACAR TURNO Y PRESENTAR EN EL COLEGIO EL ORIGINAL DE LA PÓLIZA CONTRATADA.

 

 

Más información:

Rivadavia 573, San Isidro. Tel: 5230-2727
colegio@cmcpsi.org.ar
cmcpsi.org.ar


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