Blanqueo 2016: Procedimiento para los Tasadores de Inmuebles
La persona que quiere ingresar al blanqueo de capitales debe hacerlo vía clave fiscal, a través del servicio "Ley 27.260 - Declaración voluntaria y excepcional de bienes en el país y en el exterior" en la web de la AFIP y realizar la confección del formulario de declaración jurada F. 2009.
Los inmuebles situados en el país a declarar deben contar con la tasación de un martillero público matriculado.
El martillero público debe contar con una clave fiscal nivel 3 y debe adherir el servicio “Ley 27.260 – Confirmación de profesionales certificantes” a través del administrador de relaciones fiscales.
¿Cómo adherir un Servicio?
Paso 1
Paso 2
Paso 3
Paso 4
Paso 5
Paso 6
Una vez que el cliente presentó la declaración de bienes mediante el F. 2009, el martillero debe confirmar la valuación realizada sobre el/los inmueble/s declarado/s. Para ello, debe ingresar con su clave fiscal al servicio mencionado en el párrafo anterior y debe introducir el código del inmueble obtenido en la presentación del F. 2009. Una vez allí, el sistema los guiará para confirmar o rechazar la valuación realizada.
Confirmar Valuación Fiscal
Paso 1
Paso 2
Paso 3
Recomendamos realizar la certificación de las tasaciones aquí en el Colegio para evitar inconvenientes o inconsistencias surgidos de la presentación del cliente.