Cartelería en el partido de San Isidro

Decreto MSI N°1290 / ORDENANZA N° 8132-C-2022

¿A quiénes será aplicable?

A todos los martilleros y corredores que expongan cartelería a la calle dentro del partido de San Isidro, comprendido por las localidades de Villa Adelina, Boulogne Sur Mer, Martínez, Acassuso, San Isidro, y Béccar.

 

¿Qué es lo que establece?

Establece que la cartelería deberá indicar:

  • Nombre y apellido del profesional
  • Número de matrícula del profesional responsable
  • Domicilio de la inmobiliaria
  • Teléfono
  • Operación (compra/venta)

Respecto de los demás datos que se expongan, estos deberán ser aprobados por el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de San Isidro mediante el visado que obtendrá el colegiado en la institución.

 

¿Cómo se obtendrá la autorización para el uso de los carteles presentados ante la institución?

El colegiado deberá:

  • Completar el formulario online solicitando la aprobación del modelo.
  • El resultado será notificado al domicilio electrónico.

Se otorgará un plazo de treinta (30) días para que los martilleros y corredores adecuen su cartelería a lo establecido, debiendo presentar la modificación en el Colegio para obtener el visado que lo autorice.


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