Manual de Procedimiento y Formularios UIF
Manual de Procedimiento y Formularios UIF
Les recordamos a nuestros colegiados que ya se encuentra disponible el material actualizado sobre el manual de procedimientos y formularios de la UIF.
Resolución 84/2023 - Actualización 19/05/2023: Cuando las transacciones superasen la suma de OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO (875) SALARIOS MÍNIMOS, VITALES Y MÓVILES, se requerirá documentación respaldatoria del origen lícito de los fondos.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/260923/20220413
Preguntas Clave
- ¿Qué ocurre si la cuenta aparece inhabilitada y cuál es el motivo?
La inhabilitación se justifica por falta o irregularidad en la documentación respaldatoria requerida por la resolución; la solución es reenviar toda la documentación y la nota modelo para solicitar la rehabilitación.
- Si estoy inhabilitado y cierro una operación, ¿puedo reportarla al sistema?
No se puede reportar mientras la inscripción está inhabilitada, pero se debe documentar la operación y conservar el legajo con el origen de fondos y demás respaldos hasta que se rehabilite la inscripción.
- ¿Cómo hago para inscribirme en la UIF?
Debe ingresar a la sección de inscripciones de personas físicas en la web de la UIF, descargar y completar la nota modelo, y enviar por correo a sujetos obligados DNI, certificado de matrícula vigente, certificado de antecedentes penales y la nota modelo para que le den el alta.
- ¿La obligación de informar y recabar documentación es una colaboración voluntaria con el Estado o es impuesta?
Es una colaboración impuesta por el Estado; la normativa obliga a tener documentación y controles sobre el origen de los fondos.
- ¿Qué requisitos aplican a la venta y tasación de obras de arte y cuál es el umbral que obliga a informar a la UIF?
La actividad está alcanzada por la resolución de la UIF.
- ¿Cómo estructurar el informe técnico de autoevaluación si no hay un modelo oficial?
No existe un formato único; se recomendó elaborar un relato de 1–2 carillas fundamentado en datos históricos, describiendo factores de riesgo (efectivo, PEP, vínculos geográficos) y las medidas de mitigación aplicadas.
- ¿Existe un modelo estándar de formulario para la debida diligencia y qué documentación debo solicitar y conservar del cliente?
Respuesta propuesta: No es obligatorio tener un formulario estandarizado; la UIF pedirá la documentación, por lo que se recomienda usar un checklist con copia de DNI, estado civil, domicilios, mail y teléfono para personas físicas, y agregar estatuto, designaciones y documentación de accionistas/directivos para personas jurídicas; además hay que consultar REPED para personas expuestas políticamente y conservar los documentos en formato digital con respaldos.
- ¿Cumplir el checklist de la resolución (art.19 y siguientes) es suficiente para quedar tranquilo en una operación?
Respuesta propuesta: No siempre; el checklist mínimo (DNI, domicilio laboral, consultas REPED/CIEXPEP) puede bastar en operaciones de bajo riesgo conocidas, pero ante señales de riesgo hay que ampliar la documentación y pedir pruebas del origen de fondos.
- ¿Los reportes sistemáticos mensuales (RSM) requieren información de la otra punta y qué datos son indispensables para cargarlos?
Respuesta propuesta: Sí; la aplicación exige información de ambas partes, por lo que hay que tener nombre, apellido y DNI del comprador y del vendedor para poder cargar los RSM, y en ausencia del domicilio se puede completar uno aproximado para permitir la carga.
- ¿La entrega de un formulario 4 firmado por la otra inmobiliaria exonera la diligencia de mi parte?
Respuesta propuesta: No necesariamente; es válido un reconocimiento mutuo o formulario que documente que la otra inmobiliaria asesora a la contraparte, pero se debe verificar la existencia y matrícula vigente de la otra inmobiliaria y conservar esa documentación.
- ¿Existe un listado público donde consultar si una persona es PEP?
Respuesta propuesta: No; la verificación de PEP es principalmente por declaración y búsquedas públicas (por ejemplo Google), ya que no hay un listado público completo y la definición de PEP se ha reducido recientemente.
- ¿Qué diligencia corresponde cuando el cliente es un fideicomiso?
Respuesta propuesta: Hay que identificar la estructura: quiénes son los beneficiarios y quiénes ponen la plata, y especialmente cómo se fondea el fideicomiso, porque el origen de los fondos determina el nivel de riesgo y la documentación adicional requerida
- ¿Qué fecha se debe considerar como firma para efectos jurídicos y de reporte, la del boleto o la de la escritura?
Respuesta propuesta: La compraventa existe al firmarse el boleto; por tanto la fecha de firma puede ser la del boleto y es recomendable respaldar la información con copia del boleto.
- Si la escritura modifica el precio declarado en el boleto, ¿qué debe informar el martillero?
Respuesta propuesta: El martillero debe informarse y cubrirse con lo que conste en el boleto y la documentación de respaldo; si la escritura cambia el precio, quedará una inconsistencia que la UIF podrá analizar.
- ¿En qué momento se presenta la declaración jurada de efectivo, a la fecha del boleto o a la fecha de la escritura?
Respuesta propuesta: Se debe informar en el sistemático la información vinculada a la operación y, si falta documentación, usar el plazo de 90 días posterior a la operación para emitir un ROS; la facturación se trata por separado.
- ¿Es razonable reportar solo operaciones con escritura y excluir ventas en pozo o en construcción?
Respuesta propuesta: No hay consenso claro; la UIF puede considerar boletos como compraventa y la representación práctica es que un bien es inmueble cuando está individualizado o habitables, por lo que la exclusión de pozo puede ser discutible frente a la UIF.
- ¿El formulario de datos debe completarse con carácter de declaración jurada?
Respuesta propuesta: Juan Pablo indicó que él envía el formulario para que lo completen y lo firmen con carácter de declaración jurada y luego remitan la documentación respaldatoria dentro de un plazo (ej. 15 días).
- ¿Cómo se debe abordar el perfil transaccional y qué información debe incluir?
Respuesta propuesta: Juan Jara explicó que, en inmobiliaria, conviene modelar perfiles teóricos por tipo de cliente y rango de operación (habitualidad, monto esperado, forma de pago) en lugar de un perfil individual por cliente sin historial frecuente.
- ¿Es obligatoria la copia del DNI en la documentación respaldatoria?
Respuesta propuesta: Sí; se confirmó que la copia del DNI es obligatoria y forma parte de los requisitos documentales.







