El 50% indiviso de un Lote de Terreno Baldío” ubicado en el “Balneario Las Toninas”

Fecha: 
Miércoles, 20 Abril, 2016
Nombre del Martillero: 
Yamil Iscoff
Expediente: 
“Pfurr Osvaldo s/ Quiebra s/Incidente de Liquidación de Bienes (inmueble partido de La Costa).” Expte Nº SI-39716/2014
Bien Rematado: 
El 50% indiviso del bien objeto del presente incidente Lote de Terreno Baldío” ubicado en Municipio Urbano de La Costa (123), Jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, Paraje “Balneario Las Toninas”. Con frente a la calle 1 N° 2212, entre calle 48 y A
Edicto: 
POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N° 4, Secretaría Única del Departamento Judicial de San Isidro, hace saber por cinco días en autos “Pfurr Osvaldo s/ Quiebra s/Incidente de Liquidación de Bienes (inmueble partido de La Costa).” Expte Nº SI-39716/2014 que el Martillero Yamil Iscoff, en atención a lo oportunamente dispuesto a fs. 13, rematará el 50% indiviso del bien objeto del presente incidente Lote de Terreno Baldío” ubicado en Municipio Urbano de La Costa (123), Jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, Paraje “Balneario Las Toninas”. Con frente a la calle 1 N° 2212, entre calle 48 y Avenida 50 nomenclatura catastral: Circ. IV, Sección R, Manz. 23, Parc. 19, Matrícula Nº 14274. Será subastado bajo la modalidad “Oferta bajo sobre cerrado“, la cual posibilitará la concurrencia de todos aquellos interesados en adquirir el inmueble correspondiente a la quiebra, cuyas condiciones de dominio informan los certificados de fs. 48/54. La venta se hará de acuerdo a la siguiente modalidad 1) Sólo serán admitidas ofertas bajo sobre cerrado que se entregarán al Juzgado hasta 72 horas antes de la apertura de los mismos, indicando en el anverso la carátula del expediente. 2) La oferta deberá contener: Nombre y apellido del oferente, constitución de domicilio en la Jurisdicción del Departamento Judicial de San Isidro, e individualización del bien que desea adquirir 3) Será también obligatorio acompañar boleta de depósito en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, a nombre del Juzgado Civil y Comercial N° 4 y Secretaría de San Isidro, “Pfurr, Osvaldo s/Incidente Liquidación de bienes Partido de La Costa“ Expte. 39716/14 “Banco de la Prov. de Buenos Aires Suc. Tribunales (5099) S. Isidro Cuenta N° 589578/0 CBU 0140136927509958957806, CUIT 30-999133926-0 por el importe de $ 26.83500 correspondiente al 20% (del 50% indiviso) de la valuación fijada por el Martillero en la tasación obrante a fs. 41 correspondiendo ésta como seña como así también el importe mínimo de la comisión del Martillero (5% de la base, art. 54 Ley 10.973) que se fija en $ 6710 más el 10% de los honorarios en concepto de pago de aportes previsionales; normativa prevista en la Ley de Honorarios y aportes provisionales; y sellado mínimo correspondiente, (1,2%) discriminando cada uno de los rubros. 4) A la firma del boleto deberá integrarse la diferencia por cada uno de estos dos últimos rubros. 5) Las ofertas no podrán ser inferiores a la base, que queda establecida en $ 134.175,00 (50% indiviso) y serán abiertas en el Juzgado, ante la Secretaria y con la presencia del Martillero (quien redactará el boleto correspondiente), el Síndico y de los oferentes que deseen asistir, siendo quien haya efectuado la oferta mayor (siempre que supere la base establecida), aquel a quien ha de adjudicársele el bien, excluyéndose de tal forma la puja de mejora de oferta, debiendo dejarse constancia de ello en el edicto. 6) A igualdad de ofertas, prevalecerá la presentada con anterioridad. 7) Las sumas depositadas como seña, con excepción de la que resulte adquirente del bien, se reintegrarán sin más a cada uno de los oferentes perdidosos. 8) Fíjase EL DÍA 20 DE ABRIL DE 2016 A LAS 12.00 HS. como fecha para la apertura de los sobres y adjudicación del inmueble. 9) Publíquense edictos por el término de cinco días en el Boletín Judicial y en el diario “El Tribuno” de Dolores sin cargo (art. 574 del CPCC y 89 de la Ley 24.522), en la forma dispuesta por el art. 575 del código citado, tarea que queda a cargo del Martillero interviniente. 10) Firma del boleto: El boleto, que será confeccionado por el Sr. Martillero actuante. Asimismo, el día 27 del mismo mes y año deberá el Martillero presentar en autos el boleto sellado y el depósito de lo percibido; operación ésta que queda sometida a los lineamientos oportunamente vertidos a fs. 56/57 y 64; 11). Conocimiento: Ni el Juzgado actuante, ni el fallido, ni el Síndico o Martillero actuantes, responderán por el estado del inmueble, por lo que la presentación de las ofertas implica para los oferentes, renunciar expresamente a la garantía de evicción, vicios redhibitorios y vicios ocultos, como así también al pleno conocimiento de la documentación y del contenido total de las actuaciones, estado de conservación y ocupación del bien a realizar, renunciando expresamente a todo reclamo posterior respecto del mismo. 12) Todo aquello que no esté expresamente previsto en este pronunciamiento, se regirá por las normas- de la Ley 24.522 y Cód. Proc. Civ. Com. de Bs. As. en lo que fuere pertinente. 13) Visitas al inmueble: éste podrá visitarse a partir de la primera publicación de los edictos previo acuerdo con el martillero actuante. Las actuaciones se encuentran a disposición de los interesados, en la Mesa de Entradas del Juzgado, pudiendo requerirse además información, en el mismo Juzgado, al Síndico y Martillero actuantes. Se puede visitar el lote por Internet on-line en www.iscoff.com.ar. sección subastas. 14) Posesión y Escritura: La posesión y escritura del bien se otorgará una vez integrada la totalidad del monto de la venta, siendo a exclusivo cargo del comprador los gastos que ello demande. San Isidro, 16 de marzo del 2016. Vanesa D. Martínez, Secretaria. C.C. 3.547 / abr. 4 v. abr. 8

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