El 100% de un inmueble sito en Almirante Brown

Fecha: 
Martes, 10 Mayo, 2016
Nombre del Martillero: 
Ignacio José Cifuentes
Expediente: 
“Kohan, León y Otro/a Aleinikow, Romina Magali y otro/a s/Ejecución hipotecaria” (Expte. SI-17417-2014)
Bien Rematado: 
El 100% del inmueble sito en Enrique de Rosas 225 entre Loreto y Viale de la localidad de Burzaco, Partido de Almirante Brown
Edicto: 
POR 1 DÍA – El Juzgado Civil y Comercial N° 9 de San Isidro, Secretaría Única comunica en los autos “Kohan, León y Otro/a Aleinikow, Romina Magali y otro/a s/Ejecución hipotecaria” (Expte. SI-17417-2014) que el Martillero Ignacio José Cifuentes (CUIT 20-13407724-8), rematará EL DÍA 10 DE MAYO DE 2016, A LAS 10.00 HS. en Alte. Brown 160 de San Isidro, el 100% del inmueble sito en Enrique de Rosas 225 entre Loreto y Viale de la localidad de Burzaco, Partido de Almirante Brown. Nomenclatura Catastral: Circunscripción: III - Sección: O – Manzana:61 – Parcela: 5 – Matrícula 3737. Según acta de Constatación. Ocupado por Romina Magali Aleinikow, quien ocupa el inmueble junto a Paulo Marrón y dos hijos menores, en carácter de propietaria. Se trata de una vivienda precaria constituida por living comedor, un baño, cocina y dos habitaciones en regular estado de conservación. Deudas: ARBA al 27/4/15 $ 978,80 (fs. 228) – AySA al 12/3/15 No registra deuda (fs. 212) – Municipalidad al 26/2/15 $ 2.317,19 (fs. 208) Base $ 29.819.- al mejor postor – Seña 10% la que deberá ser abonada al contado o con cheque certificado en pesos o dólares al tipo de cambio oficial BCRA –comprador- del día anterior y/o depósito en pesos o dólares en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, a la orden del Juzgado y como perteneciente a estos autos – Comisión 3 % cada parte con más el 10 % de los honorarios en concepto de aporte previsional y Sellado de ley todo a cargo del comprador. El Martillero deberá identificar a los asistentes con nombre, número de documento y domicilio, pudiendo ingresar al Salón de Remates, y participar exclusivamente en la subasta quienes exhiban al Supervisor del Salón de Remates la suma de $ 2982. En la subasta no se podrá pujar por montes inferiores a $1.000. El saldo de precio deberá ser depositado en pesos del quinto día de aprobado el remate sin necesidad de notificación o intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 585 del C.P.C.C. Si el monto de base fuera superior a $ 30.000 deberá el eventual comprador Integrar el saldo precio dando cumplimiento con lo dispuesto en la comunicación “A 5147” del BCRA: “La acreditación de los importes correspondientes a las causas judiciales ordenadas por los Juzgados intervinientes se realizará mediante transferencias electrónicas desde cuantas a la vista abiertas en entidades financieras o a través de cualquier otro medio de pago distinto al efectivo, cuando se trate de importes superiores a $ 30.000 y preferentemente por esos medios, cuando se trate de depósitos menores o iguales a dicho importe”. Para el supuesto de que el depósito inicial se hubiese efectuado en dólares, para su conversión a pesos se considerará el valor del dólar oficial tipo comprador BCRA, al día anterior al día de la integración del saldo de precio, según publicación del diario Ámbito Financiero. El adquirente deberá en el momento de la firma del boleto de compraventa constituir domicilio procesal en el radio de asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias de le darán por notificaciones automáticamente conforme con lo previsto por el Art. 133 CPC. No se permite la compra en comisión sino en los términos del Art. 582 del C.P.C.C. ni la cesión del boleto de Compraventa. Las deudas que puedan existir por impuestos, tasas y contribución devengados hasta la fecha de aprobación de la subasta serán solventadas con los fondos provenientes de la subasta de manera preferente y serán a cargo del comprador a partir de la aprobación de la subasta. Sin perjuicio de ello, el adquirente en subasta deberá pagar además del precio, las deudas por expensas comunes, en la medida de que el precio de la cosa no alcance para ello una vez establecidos los privilegios de ley para el cobro. Romina Magalí Aleinikow CUIL 23-32382545-9. Visitar 5 y 6 de mayo de 2016 de 14 a 17 hs. San Isidro, 14 de abril de 2016. Lucrecia Coronel, Auxiliar Letrada. S.I. 39.250

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